Se aprobó en diciembre una ley para transformar el área céntrica de la Ciudad en un área residencial, inteligente y sostenible.

El centro de la Ciudad será también área residencial, inteligente y sostenible


Para ello se promoverá el desarrollo de actividades económicas estratégicas con la finalidad de mejorar las condiciones de habitabilidad, cohesión social y reequilibrio territorial, mediante el otorgamiento de beneficios impositivos a quienes realicen inversiones destinadas al desarrollo de tales espacios.

La norma lleva el número 6.508. Allí define lo que se considera el Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendida por las calles Avenida Santa Fe, Crucero General Belgrano, Avenida del Libertador, Avenida Leandro N. Alem, Avenida Paseo Colón, Avenida Belgrano, Bernardo de Irigoyen y Carlos Pellegrini, en ambas aceras

Podrán ser beneficiarios de las políticas de fomento las personas humanas, las personas jurídicas y las uniones transitorias de empresas que realicen proyectos de reforma, renovación, transformación, ampliación y/o rehabilitación de inmuebles ubicados dentro del Área Céntrica.

Se consideran proyectos de reconversión aquellos que conlleven obras de adaptación, adecuación o de reforma respecto de inmuebles existentes y que destine el mismo, en al menos un treinta por ciento (30%) de la superficie total del inmueble, a viviendas y/o a las actividades 

Se considerarán actividades estratégicas necesarias para el desarrollo del bienestar general habitacional dentro del Área Céntrica a las siguientes:

a. Centros de enseñanza inicial, primaria, secundaria, terciaria, universitaria y posgrados, para adultos, especial y para discapacitados.

b. Centros de enseñanza de idiomas.

c. Centros médicos y de salud en general.

d. Instalaciones deportivas, gimnasios y natatorios.

e. Lavanderías y tintorerías.

f. Peluquerías y centros de tratamiento de belleza.

g. Establecimientos gastronómicos.

h. Centros culturales, clubes sociales, venta al por menor de libros, cines, teatros, talleres artísticos y salas de ensayo.

i. Centros de estética y similares.

j. Centros veterinarios.

k. Residencias geriátricas.

l. Residencias universitarias y comunitarias.

m. Venta al por menor de productos de ferretería y de iluminación de proximidad conforme se determine en la reglamentación.

DGPrensa
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