Los estacionamientos no pueden poner carteles o publicar en sus tickets la leyenda “La empresa no se responsabiliza por los daños, robos o hurtos que pudieran sufrir los vehículos“.
Los Estacionamientos no pueden evadir la responsabilidad frente a robos o daños de vehículos
Según la Ley 5007 votada en 2014, en las playas de estacionamiento vehicular de carácter público o privadas de la Ciudad de Buenos Aires, sean gratuitas o tarifadas, se considerará cláusula ineficaz en los términos del artículo 37 de la Ley Nacional N° 24240, la publicación en carteles, tickets o cualquier otro documento similar entregado por el establecimiento, de la leyenda “La empresa no se responsabiliza por los daños, robos o hurtos que pudieran sufrir los vehículos“ o frases similares, que tiendan a evadir la responsabilidad de la empresa.
La Autoridad de Aplicación ante el incumplimiento aplicará las sanciones previstas en la Ley 757, de la Ciudad de Buenos Aires.
DGPrensa
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