Regulan el acarreo de vehículos en infracción
La Legislatura aprobó normas sobre tránsito y transporte que regulan el acarreo de vehículos en infracción con el sistema de grúas. También estableció nuevas
pautas para los transportes escolares.
A través de una ley que modifica el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, la Legislatura estableció nuevas reglas para el acarreo de vehículos en
la vía pública.
El 17 de agosto de 2022, a través del decreto 284, el Gobierno de la Ciudad rescindió los contratos de concesión del servicio de control de estacionamiento
y se hizo cargo de esa prestación. A su vez, la ley 6353 autorizó al Poder Ejecutivo a llamar a licitación pública para la contratación de la prestación del
servicio de grúas.
En ese marco, la ley sancionada determina los casos que justifican el uso de grúas de acarreos en ocasiones de infracción a las normas generales,
obstaculización o estacionamiento en vías rápidas, automotores abandonados y prohibiciones especiales.
El simple mal estacionamiento o sobrepaso del tiempo autorizado o tarifado, no justifican por sí mismos el traslado de vehículos mediante grúas.
Cuando un vehículo se encuentre mal estacionado por desperfectos mecánicos, quedará impedida su remoción sólo si el conductor permanece
dentro del vehículo o en lugar más próximo sobre la acera, en espera de auxilio.
“En ningún caso se podrá acarrear un vehículo con personas en su interior al momento del inicio de la remoción”, dice la ley.
En cambio, cuando un incidente vial entorpezca la circulación o cuando la autoridad de aplicación estime necesario el despeje de la calzada el acarreo
estará permitido, pero será sin costo para su titular del vehículo acarreado.
La regulación del acarreo de vehículos por grúas fue una iniciativa del interbloque oficialista (VJ, UCR, PS y RU), tratada en la Comisión de Tránsito y
Transporte, que preside Matías López (VJ). Obtuvo 52 votos favorables y la abstención de dos diputados de izquierda.
Durante la sesión también se debatieron y aprobaron otros asuntos vinculados a las materias de tránsito y transporte como las definiciones sobre calles de
convivencia e intervenciones peatonales y la actualización de la red por donde se autoriza a circular a los vehículos de alto tonelaje, conocida como red de
tránsito pesado.
Buses Escolares
También fueron tratadas y aprobadas algunas adaptaciones en la legislación del transporte de alumnos en microbuses específicos, los llamados micros
escolares.
Hasta ahora, sólo podían conducir estos vehículos las personas con licencia otorgada por la CABA. En adelante se aceptará a personas con carné deconductor Clase D “expedida por una jurisdicción diferente, siendo requisito indispensable que haya adherido a las leyes nacionales 24.449 y 26.363 y a las demás reglamentaciones establecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y que la licencia haya sido otorgada en concordancia con esa normativa”.
Otro cambio en la norma vigente es una prórroga en la obligación de cambiar las unidades después de 20 años de antigüedad. Los modelos de 1999 y 2000 podrán seguir circulando hasta el 31 de diciembre de 2023, mientras que los del año 2001 se habilitan hasta el 31 de diciembre de 2024.