Sabías que con la ley 6267...
La ley 6267 votada en diciembre de 2019 tiene por objetivo garantizar la incorporación y la distinción de los datos sobre las personas adultas mayores en todas las producciones del Sistema Estadístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dirección General de Estadísticas y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como autoridad de aplicación de la presente Ley, será la encargada de establecer las temáticas y datos a recolectar relativos a las personas adultas mayores, así como la facultad de solicitar toda información que permita el cumplimiento de la presente de esta iniciativa.
Se busca otorgar visibilidad a las distintas manifestaciones de las desigualdades que les ocurren a este sector de la población, comprender mejor sus realidades para la formulación de las políticas públicas, en la investigación, en la legislación y en la asignación de recursos, reorientándolos hacia el logro de una mayor calidad de vida para las personas de edad.
Para ello, se buscará disponer de datos que den cuenta de las realidades particulares de las personas adultas mayores; Generar estadísticas de mayor calidad; Proporcionar diagnósticos que favorezcan la identificación de patrones de discriminación y asimetría relacionados con la edad; y Proveer información para la elaboración e implementación de políticas públicas que apunten a garantizar el principio de igualdad y no discriminación hacia las personas adultas mayores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.