Quien fume o arroje restos de cigarrillos será sancionado con multas que varían entre los 600 y 15.000 pesos, según la modificación realizada al Régimen de Faltas. Modificaciones a la Ley Orgánica del Ministerio Público.

Nueva sanción por fumar dentro de los patios de juegos en plazas o parques


En adelante "el/la que fume y/o arroje colillas o restos de cigarrillos dentro de los patios de juegos existentes en parques y plazas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es sancionado con multa de treinta (30) a setecientas (700) Unidades Fijas" según estableció este jueves por ley el Cuerpo Parlamentario.

La norma modifica el artículo 5° de la Ley N° 6.189 e incorpora al Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Ley N° 451- una nueva sanción. Las multas oscilarán entre 600 y 15.000 pesos.

La Ley 6.189 tiene como principal objeto mejorar la calidad del aire circundante a los patios de juegos de los parques y plazas de la Ciudad, promoviendo el disfrute del espacio público y reduciendo los riesgos a la salud de los niños y niñas que utilizan las instalaciones de los patios de juegos, prohibiéndose fumar dentro de los mismos.

En el entendimiento de que su espíritu no es en absoluto sancionatorio sino de concientización y cuidado de los ciudadanos, de que "la voluntad no ha sido penar la actividad de fumar en sí, sino las consecuencias que puede generar esta actividad asi como el arrojar las colillas y restos de cigarrillos en los espacios en cuestión, creemos necesario focalizar la sanción en la acción desaprensiva de quienes la realizan en el área delimitada al patio de juegos" señalan los fundamentos del despacho elevado al Pleno por las Comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales.

"Se aconseja sancionar dichas conductas a partir de la creación de una nueva sanción que se incorporará al Régimen de Faltas mediante la incorporación del artículo 1.3.36 en el Capítulo III- Ambiente", afirmaron los legisladores firmantes. El expediente original es autoría de los diputados Sergio Abrevaya (Gen), Leandro Halperin (Ev) y María Rosa Muiños (BP).

La norma fue aprobada con 54 votos positivos y 4 abstenciones de los bloques de izquierda.

Modifican la Ley Orgánica del Ministerio Público

El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires modificó hoy la Ley Orgánica del Ministerio Público -N° 1.903 complementada por la 6.017- con el objetivo de adecuarla a la normativa del Código Civil reformado.

El artículo 1 incorpora el "Capítulo V: De los Auxiliares Fiscales" al Títuto III con los artículos 37 bis y 37 ter y el "Capítulo V: De los Auxiliares Defensores" al Títuto IV Del Ministerio Público de la Defensa mediante la introducción de los artículos 49 bis y 49 ter. Una Clásula Transitoria establece que en estos casos será de aplicación la Ley N° 5.955 que adhiere al "Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y buenas prácticas de Gobierno".

También fue modificado el Anexo A inc E que establece la Integración del Ministerio Público Tutelar de la Ciudad. En este sentido ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas en adelante habrá un Asesor de Cámara; ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de Consumo, dos Asesores de Cámara; ante los juzgados de primera instancia del fuero Penal, Contravencional y de Faltas dos Asesores Tutelares y ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario cuatro Asesores Tutelares.

El proyecto de ley fue presentado por el diputado Daniel Presti (VJ) el lunes 25, tuvo dictamen de la Comisión de Justicia que preside el propio Presti el viernes 29 del pasado mes y se trató en forma preferencial durante la sesión ordinaria de este jueves.

Durante el debate en el Recinto el miembro informante, Presti, alegó que "con las transferencias de competencias los jueces están sobrecargados". Remarcó que "se crea la figura de auxiliares fiscales que asistirán en las audiencias y serán designados por el Fiscal General; no podrán exceder el número de fiscalías de primera instancia y se crean en ese ámbito dos asesorías tutelares".

Desde la oposición la diputada Laura Marrone ((IS) apuntó que "quita facultades al Consejo de niñez" y leyó un comunicado de los trabajadores de ese organismo solicitando que el proyecto no se sancione. Myriam Bregman (PTS-FI) sostuvo que "los cambios son inconstitucionales".

Leandro Halperín (Ev) advirtió sobre "vicios que agravan la respuesta estatal" y señaló "la tendencia a legislar sobre conflictos de menor intensidad, la imprevisibilidad que provoca la reforma permanente de los códigos de forma y de fondo con la consecuente imprevisibilidad" y enfatizó que "es una reforma impulsada por los sectores más reaccionarios".

En tanto, María Rosa Muiños (BP) se mostró conforme con el aumento de asesorías tutelares y la incorporación de las relaciones de consumo. El socialista Hernán Arce adelantó el apoyo a la iniciativa.

La votación en general resultó de 38 votos positivos, 16 negativos (UC, BP, la izquierda) y cuatro abstenciones: Claudio Cingolani, Maximiliano Ferraro, Cecilia Ferrero y Hernán Reyes, de Vamos Juntos.

Cambios en la administración y organización de la Justicia

La Legislatura introdujo modificaciones a las leyes orgánicas del Poder Judicial -N° 7 y del Consejo de la Magistratura - N° 31 ante la necesidad de mejorar la administración y organización actual de la justicia local.

Mediante la presentación de un despacho de la Comisión de Justicia en la Ley 7 se modificó el artículo 7 de Órganos del Poder Judicial y la Composición y competencia de los Juzgados de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas (art. 43). También la Composición y competencia de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas (art. 34), de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (art. 35) así como de los Juzgados de Penales Juveniles (art. 40) y en lo Contencioso Administrativo y Tributario (art. 42).

En tanto, respecto a la Ley 31 se modificaron los artículos 46, referido a la Cobertura de cargos vacantes; y el 50 que refiere al Orden de Mérito.

Tres Cláusulas transitorias textualmente expresan:

Primera: El personal de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo y de la Sala IV de la Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas  se conformará con personal que revista funciones en el Consejo de la Magistratura al 31 de diciembre de 2019".

Segunda: El cambio de denominación en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo y de la Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas no deberá implicar ningún tipo de erogación mayor al crédito vigente respecto de los  magistrados, funcionarios y empleados que allí desempeñan tareas.

Tercera: A los fines de implementar lo previsto en el artículo 43 de la Ley N°7 el Consejo de la Magistratura dispondrá que juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas integrará cada zona judicial.

En los fundamentos del despacho, la Comisión de Justicia que preside el mismo autor del proyecto de ley es decir, el diputado Daniel Presti (VJ), se afirma que "la misión que tiene esta iniciativa será la de mejorar el acceso a la justicia, y de esta manera mejorar la respuesta en cuanto a tiempos sabiendo que de esta forma estaremos contribuyendo a que las decisiones se adopten en tiempos razonables para nuestra sociedad".

El miembro informante, diputado Presti, explicó que se crea el fuero Penal Juvenil y a lo contencioso adminsitarivo y tributario se suman las Relaciones de Consumo". "Se crean cuatro salas con tres jueces cada una y se dividen los 31 juzgados en cuatro zonas que serán dispuestas por el Consejo de la Magistratura".

Leandro Halperín (Ev) fundamentó su voto negativo en general y disidencias en algunos artículos, entre ellos su desacuerdo con la retroactividad y que "el fuero penal juvenil tiene un sesgo de política criminal". También manifestó que "fue un desacierto haber adherido a una decisión que involucró los delitos de narcomenudeo". Desde el Bloque Peronista María Rosa Muiños apuntó que "el proyecto contradice lo expresado recientemente por la Cámara Penal porteña en la Acordada 7/19 en términos muy duros". Por su parte Hernán Arce (PS) justificó su abstención argumentando que se requiere más estudio.

Finalmente las modificaciones a las leyes 7 y 31 fueron aprobadas en general con 31 votos positivos. Hubo 11 negativos (Ev, MC y bloques de izquierda) y 16 abstenciones (UC, BP, PS).

DGPrensa
Compartí: