Nuevos ajustes al Código Urbanístico de la CABA
Los ajustes técnicos al nuevo Código Urbanístico, que fueron trabajados por legisladores, funcionarios, asesores y especialistas durante varias reuniones de comisión y en una nutrida Audiencia Pública, fueron finalmente aprobados y sancionados como ley, en segunda lectura, por los diputados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Además de las actualizaciones, correcciones, aclaraciones y ampliación de definiciones propuestas por expertos, sugeridas por la Jefatura de Gobierno o planteadas por los legisladores en la Comisión de Planeamiento Urbano (preside Victoria Roldán Méndez – VJ), se incorporaron varias de las demandas e iniciativas planteadas por los ciudadanos en una concurrida Audiencia Pública de dos jornadas de extensión, con 8 expositores y 224 oradores inscriptos.
El extenso y nuevo Código Urbanístico fue sancionado a fines de 2018 y su puesta en vigencia generó algunas dudas técnicas o de aplicación operativa en cuestiones puntuales, generando una necesidad legislativa de ampliación de conceptos y aclaración de interpretaciones. Esta ley correctiva sancionada hoy procura resolver interrogantes, para lo cual se hizo un amplio y minucioso punteo de todo su articulado y se tomaron en cuenta preguntas, iniciativas, quejas y todo lo que resultare útil para “su previsibilidad, transparencia y claridad de conceptos, al tratarse de una norma que establece un nuevo paradigma sobre la planificación de la Ciudad”, explicó la diputada Roldán Méndez.
Algunos ejemplos: se simplificaron ciertos trámites sobre usos de suelo para el desarrollo urbano;
En cuanto a los edificios de Perímetro Libre, determinan los casos en los cuales pueden edificarse y cómo para aventar interpretaciones erróneas. Se incorporaron definiciones a los conceptos de ciudad verde y compromiso ambiental; se adecuó la descripción de las herramientas de compromiso ambiental y se actualizaron regulaciones de las Áreas de Reserva Ecológica así como la incorporación de una nueva Reserva y Reservorio en el Parque Sarmiento.
Se aclararon definiciones sobre cota arquitectónica de barranca; cota de la manzana; cota de la parcela; frente de parcela; línea divisoria de la parcela; línea divisoria de fondo de la parcela; ochava; predio.
Se tomó nota de lo planteado por la Sociedad Central de Arquitectos y por LiPAA (Licenciados del Paisaje Asociados de Argentina), la Cámara de Garajes y Estacionamiento, dirigentes del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos, frentistas, asociaciones de vecinos, empresas de servicios públicos, profesionales a título personal y vecinos en general. También se trabajo en conjunto con la Comisión Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico y la Dirección General de Interpretación Urbanística de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Roldán Méndez ponderó “un ajuste muy importante para el sector de logística y quienes trabajan con el comercio electrónico, permitiendo que haya depósitos de menor escala en todas las mixturas, mientras que limitamos los depositos de mayor escala”
En conclusión, “los ajustes que se están haciendo al Código Urbanístico, buscan seguir avanzando en el objetivo de disminuir las interpretaciones, fomentando la transparencia, agilizando y simplificando las tramitaciones tanto para la construcción de edificaciones como para la autorización de sus usos. Esto para resguardar el interés público, entendiendo la adecuación de la norma como una herramienta para mejorar el servicio a los ciudadanos, fomentando la productividad de las actividades económicas en sus distintas escalas”, explicó el dictamen del proyecto convertido en ley.
El Frente de Todos había presentado un proyecto en minoría con extensas consideraciones y lapropuesta de archivar el expediente.
La ley correctiva sancionada consta de 137 artículos normativos y cinco cláusulas transitorias, acompañado de planos, gráficos, infografías y esquemas. Se aprobó con 38 votos afirmativos de VJ y UCR, 18 negativos de FdT e izquierda.
Crean el Comité de Equidad en el Trabajo
Por ley sancionada este jueves, se creó en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires el Comité de Equidad en el Trabajo, por el término de cuatro años prorrogables por única vez. “El objeto de la consiste en garantizar y mantener los principios de igualdad, equidad y no discriminación por razones de género dentro de la esfera del trabajo para combatir la brecha salarial entre varones y mujeres”.
Estará compuesto por ocho miembros titulares, respetando la paridad de género: 3 representantes del Poder Ejecutivo, 2 de la CGT, 2 de las cámaras patronales “con mayor representatividad” en la Ciudad y que tengan facultades para suscribir los convenios colectivos de trabajo con mayor representatividad en el ámbito de actuación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; más 1 representante de la Defensoría del Pueblo “con trayectoria en problemáticas de género”.
La misión y función de este nuevo comité será Recopilar y analizar información referida a la desigualdad de género en el ámbito laboral, elaborar informes y presentar propuestas, a la autoridad de aplicación (la Secretaría de Trabajo, Comercio e Industria).
Podrá establecer mesas de trabajo, deberá fortalecer “el diálogo entre los actores del mundo del trabajo”, proponer “un plan de acción para reducir la brecha salarial definiendo metas, plazos y etapas”, así como diseñar y políticas con perspectiva de género.
Se basó en proyectos de los diputados Diego García Vilas y Hernán Reyes (VJ), con despacho de mayoría de las comisiones de Desarrollo Económico (Marcelo Guouman – UCR) y de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud (Laura Velasco – FdT), cuya presidenta y demás diputados de su bloque presentaron un dictamen de minoría que proponía continuar el debate en comisión.
Programa de reforestación urbana
Por iniciativa del legislador Roy Cortina (PS) y con tratamiento previo en las comisiones de Ambiente (preside Mercedes De las Casas – VJ) y de Presupuesto (Claudio Romero – VJ), se aprobó una ley que ordena implementar un programa especial de reforestación, en el marco del Plan Maestro de Arbolado Urbano de la CABA.
La meta es “alcanzar 35% de cobertura arbórea del espacio aéreo dentro del plazo de siete años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley”, para lo cual se prevé “la plantación de un mínimo de cien mil ejemplares nuevos o el número mayor que resulte necesario para cumplir el objetivo”.
“La definición de los lugares de plantación se realizará en función de aspectos ambientales, paisajísticos y utilitarios, priorizando las planteras de alineación vacías o subocupadas y los espacios de dominio público de las Comunas que registren menor cantidad de ejemplares, conforme los datos del último censo realizado”, dice la normativa del programa.
La ley manda a la autoridad de aplicación a convocar “a las personas y organizaciones de la sociedad civil interesadas” en este plan de desarrollo forestal.
Abordaje integral de la endometriosis
Por ley fue declarado “de interés socio-sanitario de la Ciudad, la visibilización y el abordaje integral de la endometriosis con perspectiva de género y un enfoque de derechos adecuado a su carácter de enfermedad crónica que afecta la calidad de vida y las posibilidades de desarrollo de las personas que la padecen”.
El proyecto fue de Patricia Vischi (UCR), presidenta de la comisión de Salud, y de Cortina, con la intervención también de las comisiones de Mujer (Laura Velasco – FdT) y de Presupuesto (Claudio Romero -VJ)
Lo aprobado ordena al Poder Ejecutivo “elaborar una guía de diagnóstico y tratamiento que alcance a todos los niveles de atención de la salud con especial énfasis en el primario, dirigido a establecer criterios unificados que favorezcan la detección temprana, la atención oportuna e interdisciplinaria, la derivación y el seguimiento de la enfermedad”.
También manda a realizar estadísticas, análisis socio sanitarios pertinentes y campañas de divulgación propicias.
“La endometriosis es una enfermedad ginecológica benigna, que básicamente afecta a toda mujer en edad reproductiva. Se estima que entre un 6 y 10% de la población femenina, con una edad promedio al momento del diagnóstico de 28 años, puede padecer endometriosis”, según informa la Sociedad Argentina de Endometriosis.
El tejido que tapiza el interior del útero se denomina endometrio. Lo normal es que sólo debe encontrarse dentro de la cavidad uterina. Se considera endometriosis cuando ese tejido se altera y aparece en órganos genitales femeninos (trompas, ovarios, ligamentos) u otros órganos y tejidos del cuerpo. Causa fuertes dolores, hemorragias e infertilidad y hasta el momento se desconocen los motivos de la afección.